Fundamentación sobre la ilegalidad de la Base Naval de Guantánamo.

Autor : Lic. Enrique Gárciga
Publicado : 20/07/2015
El objetivo de este documento es demostrar de manera sintetizada como desde el mismo momento de imponerse a nuestro país la Enmienda Platt y fundamentada en ella el establecimiento de la Base Naval de Guantánamo en Cuba los interventores del gobierno de los Estados Unidos violan acuerdos legales de su propio gobierno, así como del Derecho Internacional y de nuestro pueblo en el pleno ejercicio de su soberanía e independencia.

Sintetizamos además acuerdos y pronunciamientos de organismos internacionales que basado en el Derecho Internacional y en el derecho político de los pueblos condenan la presencia ilegal de esta base en el territorio cubano. Significamos como el pueblo de Cuba no acepta la ocupación de parte de su territorio expresado en la Constitución del República de Cuba fundamentalmente a partir del Triunfo de la Revolución, y en las declaraciones que ha hecho nuestro Comandante en Jefe para expresar la posición de la Revolución Cubana.

La Enmienda Platt es ilegal desde el punto de vista constitucional por lo aspectos siguientes:

1. La Enmienda Platt viola la Resolución Conjunta del Congreso de E.U. y el Tratado de París con España el 19 de Abril de 1898 debido a que en los mismos queda establecido que: “el pueblo de Cuba es y de derecho debe ser libre e independiente”, y además se agrega que los Estados Unidos “no tienen intención ni deseo de ejercitar en Cuba soberanía, jurisdicción o dominio, excepto para la pacificación de la isla y afirma su determinación, cuando esto se hubiere conseguido, de dejar el gobierno y dominio a su propio pueblo”. Esto jamás ha sucedido por parte del gobierno de Estados Unidos.

2. Los que convocaron y aceptaron la Enmienda Platt no estaban dotados de capacidad jurídica para contratar algo que iba más allá de sus poderes, ya que sucede en el momento en que está deliberando la Convención. Tal fue el caso que Manuel Sanguily propuso la conveniencia de convocar a otros comicios para elegir una nueva Convención que autorizara a determinar los futuros vínculos de amistad y comercio con Estados Unidos. En Derecho un acuerdo no es válido cuando el que lo concierta se excede de los poderes que le corresponden y además el apéndice a la Constitución que introdujo la Enmienda Platt es por esa condición inconstitucional.

3. La Enmienda Platt, viola la soberanía cubana al establecer en su artículo VII “…que para poner en condiciones a los Estados Unidos de mantener la independencia de Cuba y proteger al pueblo de la misma, así como para su propia defensa, el Gobierno de Cuba venderá o arrendará a los Estados Unidos las tierras necesarias para carboneras o estaciones navales en ciertos puntos determinados que se convendrán con el Presidente de los Estados Unidos”.

4. El Convenio entre Cuba y Estados Unidos para arrendar a Estados Unidos tierras en Cuba para estaciones carboneras y navales, firmado en Febrero de 1903 por el presidente Estrada Palma. En su artículo I plantea que “La República de Cuba arrienda por el tiempo que las necesitaren…” ello implica el análisis siguiente:

El Tratado vigente de 1934, entre Cuba y Estados Unidos, establece que el mismo se suscribió “animados por el deseo de fortalecer los lazos de amistad entre los dos países y de modificar con ese fin, las relaciones establecidas entre ellos por el Tratado de Relaciones firmado en La Habana el 22 de Marzo de 1903”. Si la causa del tratado fue el fortalecimiento de los lazos de amistad; cuando esta amistad no existe, como en el momento presente, por agresiones y actitudes que reflejan animosidad, se está violando el propio tratado y por tanto la propia Constitución. Además la Base Naval de Guantánamo de los Estados Unidos ha sido y es un instrumento de agresión y no de defensa y amistad, como se invocó en su gestación.

El Tratado de Reciprocidad de 1934 subraya el arrendamiento y todo arrendamiento es, por su naturaleza, temporal. En el caso de la Base Naval de Guantánamo se ha ignorado la temporalidad en el arrendamiento; ninguno de los acuerdos tienen que ver con el asunto ya que en los acuerdos de Febrero de 1903, en cuyo artículo I se habla de arrendamiento, se dice: “por el tiempo que las necesitare (Estados Unidos) y para el objeto de establecer en ellas estaciones carboneras o navales…”.Es un absurdo jurídico no establecer tiempo y mantener la perpetuidad, además todo arrendamiento debe destinarse al uso pactado y nada de esta ha sucedido con la Base Naval de Guantánamo.

5. El Derecho Internacional establece el principio del consentimiento que es la base de toda obligación jurídico internacional; y que este puede ser anulado por los llamados vicios del consentimiento. Los tratados presuponen un consentimiento de las partes para que se forme el vínculo jurídico y en este caso el consentimiento no existe ni jurídica ni políticamente.

6. La Constitución de la República de Cuba de 24 de Febrero de 1976 establece en el artículo 8 inciso a, que “El Estado Socialista(…) mantiene y defiende la integridad y la soberanía de la patria”.

En su artículo 12 inciso b, “condena la intervención imperialista, directa o indirecta, en los asuntos internos o externos de cualquier Estado, y, por tanto, la agresión armada y el bloqueo económico, así como cualquier otra forma de coerción económica, y de injerencia, o de amenaza a la integridad de los Estados y de los elementos políticos, económicos y culturales de las naciones”.

En su artículo 10, deja perfectamente establecida su posición sobre la Base Naval de Guantánamo al disponer que “La República de Cuba repudia y considera concertados en condiciones de desigualdad o que desconocen o disminuyen su soberanía sobre cualquier porción del territorio nacional”. En las Constituciones posteriores a 1976 y a Reformas Constitucionales realizadas tal posición ha sido ratificada en la Batalla de Ideas de la actualidad.

El Movimiento de Países No Alineados ha condenado de manera reiterada las instalaciones de bases imperialista en otras partes del mundo. En la Declaración Política de la I Cumbre, de Belgrado, en 1961 se establece que “el establecimiento de bases militares extranjeras en el territorio de otros países contra la voluntad de los interesados constituye una violación de la soberanía nacional”. Este Movimiento de los No Alineados ha reiterado en innumerables ocasiones que Estados Unidos restaure la soberanía de Cuba mediante la devolución de la Base Naval de Guantánamo.

El Comandante en Jefe en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de Septiembre de 1960 expresó que “… el Gobierno Revolucionario está considerando muy seriamente solicitar, dentro de los cánones del Derecho Internacional, la retirada de las fuerzas navales y militares del Gobierno de los Estados de esa porción del territorio nacional”.

En su discurso del 26 de Julio de 1962, reiteró que “La base naval es un puñal clavado en el corazón de la tierra cubana(…) Base que no le vamos a quitar por la fuerza, pero pedazo de tierra al cual no renunciaremos jamás”.El 28 de Octubre de 1962, al formular los Cinco Puntos para regular la situación entre Cuba y Estados Unidos, el Primer Ministro Fidel Castro, estableció el V punto así: “retirada de la base naval de Guantánamo y devolución del territorio ocupado por los Estados Unidos”.

Conclusiones:
La Base Naval de Guantánamo es ilegal desde su concepción, viola la Resolución Conjunta del Congreso Norteamericano y el Tratado de París de 1898 ya que estos acuerdos establecen el derecho de Cuba a ser libre e independiente.

Los cubanos que aceptaron la Enmienda Platt sobre la que se fundamentó la instalación de la Base Naval de Guantánamo no tenían capacidad jurídica ni política para representar al pueblo de Cuba, ni el gobierno de Estados Unidos para reconocerlos.

Ninguno de los Acuerdos y Tratados sobre la permanencia de la Base Naval de Guantánamo en nuestro territorio ha sido cumplido por el Gobierno de los Estados Unidos, los que además de ser ilegales desde su naturaleza violan nuestra soberanía por la fuerza y contra la voluntad del pueblo cubano.

El pueblo de Cuba ha exigido siempre y más aún a partir del Triunfo de la Revolución el Iro de Enero de 1959 la devolución incondicional de su territorio basado en el Derecho Internacional que le asiste como el derecho político de su pueblo el que ha ratificado en la Constitución de la República de Cuba desde la Ira Constitución Socialista aprobada en 1976 y ratificada en la actualidad en el año 2002.

Bibliografía:

Toste Ballart, G. (1990). ”Guantánamo USA al desnudo”. (pp. 13, 79-173): Editora Política.

Toste Ballart, G. (1982). Historia de una usurpación La Base Naval de Estados Unidos en la Bahía de Guantánamo (pp. 9, 19-62): Editora Política

Tomado del Memorial de la Denuncia Cubacusa

In this handout photo from the Department of Defense made available Friday Jan. 18, 2002, Taliban and al-Qaida detainees in orange jumpsuits sit in a holding area under the watchful eyes of military police at Camp X-Ray at Naval Base Guantanamo Bay, Cuba, during in-processing to the temporary detention facility on Jan. 11, 2002. The detainees will be given a basic physical exam by a doctor, to include a chest x-ray and blood samples drawn to assess their health, the military said. (AP Photo/Shane T.McCoy, U.S. Navy)

In this handout photo from the Department of Defense made available Friday Jan. 18, 2002, Taliban and al-Qaida detainees in orange jumpsuits sit in a holding area under the watchful eyes of military police at Camp X-Ray at Naval Base Guantanamo Bay, Cuba, during in-processing to the temporary detention facility on Jan. 11, 2002. The detainees will be given a basic physical exam by a doctor, to include a chest x-ray and blood samples drawn to assess their health, the military said. (AP Photo/Shane T.McCoy, U.S. Navy)

1 comentario

  1. Nos ganamos la independencia de la metrópolis Española en el cruento campo de las armas, y llegaron los gringos con sus marañas y nos imponen la Enmienda Platt, sobre la que se fundamentó la instalación de la Base Naval de Guantánamo, convenciendo a un grupito de seudo revolucionarios, que no poseían la más mínima capacidad jurídica para representar al pueblo de Cuba, para que se bajasen los pantalones. Pero ya es hora de que si realmente pretenden normalizar las relaciones, reconozcan el carácter ilegal de la base naval de Guantánamo y nos devuelvan ese pedazo de tierra patria.

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